SEAGA tiene la exclusividad en los convenios de colaboración del Sistema público de gestión de biomasa en fajas secundarias. En el Concello de Gondomar no se encuentra que se haga público el convenio y el Plan de Prevención de Incendios no incluye un Plan financiero ¿Cuánto se embolsará SEAGA?
Con la Ley 7/2019, de 23 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, que entró en vigor el 01.01.2020, la XUNTA DE GALICIA modificó la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia en dos sentidos:
Por una parte, añadió el Artículo 21 quater. que regula el «Sistema público de gestión de la biomasa de los terrenos rústicos incluidos en las redes de fajas secundarias de gestión de la biomasa» que en el punto 1 se describe como «sistema de cooperación entre la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, la entidad del sector público autonómico SEAGA, la Fegamp y los ayuntamientos que voluntariamente se adhieran al sistema». Este sistema se instrumenta en un CONVENIO DE COLABORACIÓN entre la XUNTA DE GALICIA y las Administraciones Locales.
Sucede que el punto 4 del mismo artículo dice «4. Las actividades materiales de gestión de la biomasa previstas en este artículo, así como las restantes obligaciones de cooperación técnica que la Administración autonómica asuma dentro del sistema público de gestión de la biomasa serán gestionadas, en su caso, de forma directa a través de SEAGA, como entidad instrumental perteneciente al sector público autonómico, de la forma que se concrete en el convenio de colaboración del sistema público de gestión de la biomasa»
Puntualizar que la “entidad instrumental” SEAGA es una empresa. Una sociedad mercantil registrada en el Registro Mercantil de Santiago de Compostela, creada con capital público en el marco del DECRETO 260/2006, de 28 de decembro, da Consellería de Economía e Facenda da XUNTA DE GALICIA. Es más la RESOLUCIÓN de 6 de abril de 2022, de la Secretaría General Técnica y del Patrimonio de la Consellería de Hacienda y Administración Pública, nos aclara que se rige por la Ley de Sociedades de Capital y la Ley de Contratos del Sector Publico con la peculiaridad del reconocimiento de la “Consideración de medio propio personificado”.
Por otra parte, suprimió el Artículo 22 bis, introducido en la ley un año antes, por el que se constituía un Fondo de gestión de la biomasa y retirada de especies con los ingresos que la Administración obtendría de la madera decomisada en la gestión de biomasa, que se destinaría a sufragar los costes de las ejecuciones subsidiarias.
Sin entrar en pormenores respecto al uso de los procedimientos de EJECUCIÓN FORZOSA para “apropiarse de bienes” y que lo expropiado a un obligado se use para sufragar los costes de las ejecuciones subsidiarias de otros obligados, la norma dice “El destino de las especies objeto de decomiso será su enajenación, la cual será efectuada, en los términos regulados en esta ley, por la Administración que haya realizado la ejecución subsidiaria” y a seguir “los importes obtenidos deberán aplicarse, por parte de la Administración que realice tales ventas, a sufragar los gastos derivados de las ejecuciones subsidiarias de su competencia”
En lo legislado al XUNTA DE GALICIA viene con sutilezas a confundir a la “entidad instrumental perteneciente al sector público autonómico” con la Administración. En todo caso está claro y en botella que la Ley 3/2007 otorga a la empresa SEAGA la exclusividad de la EJECUCION SUBSIDIARIA en los CONVENIOS DE COLABORACIÓN que los AYUNTAMIENTOS firmen con la XUNTA DE GALICIA beneficiando a la mercantil con el decomiso y venta de la madera más el resarcimiento de los gastos de las ejecuciones subsidiarias.
¿De cuánto dinero estamos hablando? Se presupone debería estar recogido en el convenio que no encontramos a disposición del público. Por otra el PLAN MUNICIPAL DE PREVENCIÓN E DEFENSA CONTRA OS INCENDIOS FORESTAIS GONDOMAR no incluye el perceptivo análisis económico-financiero con las previsiones de ingresos y gastos. El plan publicado es de marzo de 2019, después de 5 años el Concello bien pudo haber echado cuentas y publicar las estimaciones económicas, antes de proceder.
Dado que el Ayuntamiento es opaco, sin perjuicio de una valoración más cualificada y/o precisa, vamos a estimar los euros en las fajas secundarias que podría obtener SEAGA
- Según la información del INVENTARIO FORESTAL CONTINUO DE GALICIA para la franja litoral se estima en 188 m3/ha el volumen medio de eucalipto por rodal
- El PLAN MUNICIPAL DE PREVENCIÓN E DEFENSA CONTRA OS INCENDIOS FORESTAIS GONDOMAR (Página 50) resume la superficie aproximada que constituye la Red Secundaria de fajas de gestión de biomasa 2.247ha con el siguiente detalle
- Tenemos 2.247ha de las cuales 2.059ha son fajas secundarias en “Núcleos e edificación”. Y como el volumen medio de eucalipto en zonas costeras es de 188 m3/ha basta con multiplicar para estimar e 387.092m3 el volumen medio de eucalipto en las fajas secundarias de “Núcleos e edificacións” del Ayuntamiento de Gondomar.
- El Eucalipto Blanco (Eucalyptus globulus) es la especie más frecuente en Galicia y según el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico la densidad de madera del eucalipto blanco se sitúa entre los 740 Kg/m3 y los 830Kg/m3.
- Multiplicando el volumen medio de eucalipto en las fajas secundarias por la densidad, se obtendría un peso estimado de madera entre los 286.448TM y 321.286,36TM en las fajas de Gondomar.
- El precio del eucalipto cortado a pie de árbol con corteza y sin IVA se sitúa entre los 38€/TM y los 39€/TM. Multiplicando cabe estimar en 10 Millones de euros el valor del eucalipto que por término medio se obtendría en las fincas privadas existentes en las fajas secundarias de “Núcleos e edificacións” del Ayuntamiento de Gondomar, valor que serían ingresos potenciales de SEAGA por la apropiación de la madera.
- No olvidemos que al decomiso de la madera se le añaden los costes de repercusión de la biomasa y sólo en la relación a las notificaciones a titulares desconocidos SEAGA obtendría 529.436,16€ adicionales con lo que nos ponemos en un negocio potencial de 10,5 Millones de euros en las fajas secundarias de Gondomar, que SEAGA podría ingresar en sus cuentas.
- Falta añadir el valor de la madera de pino y acacia que se decomise por lo que no es desventurado estimar que en las fajas secundarias de Gondomar SEAGA podría obtener unos ingresos potenciales que superan los 10 Millones de euros , negocio que la Ley 3/2007 otorga en exclusiva a la mercantil en los CONVENIOS DE COLABORACIÓN entre la XUNTA DE GALICIA y los Ayuntamientos.
El grado de consecución de estos más de 10 Millones de euros en ingresos dependerá de varios factores pero en todo caso ponen en evidencia un volumen de negocio significativo que promueve el interés económico de SEAGA.
En los presupuestos publicados para el ejercicio 2023 el Ayuntamiento de Gondomar presentó 7,19 Millones de euros en ingresos corrientes. El Ayuntamiento de Gondomar entregó al beneficio de la empresa SEAGA la ejecución de una obra que supera el presupuesto municipal. Para financiarlo se apropia de la madera de los vecinos con un decomiso, como si fuese delito penal tener pinos y eucaliptos en la finca, sabiendo que la EJECUCIÓN FORZOSA es un procedimiento administrativo común que no puede ser usado para decomisar.
Para entender el absurdo: es como si el Ayuntamiento adjudicase a una empresa de grúas la Ejecución Subsidiara de la retirada de vehículos aparcados en la vía pública, y para financiarlo decomisa los coches aparcados poniéndolos a disposición de la empresa adjudicataria para que ésta los venda quedándose el importe de la venta, y a mayores cobrando los costes de la retirada del vehículo al propietario, multas aparte.
Lo que se está haciendo es decomisar la madera poniéndola a disposición de SEAGA para que la empresa la venda quedándose el importe de la venta y a mayores cobre a los propietario los costes de la tala y retirada de árboles («encima de burros, apaleados»)
No solo es absurdo porque no cabe utilizar la Ejecución Subsidiaria para el decomisar, sino porque afecta al principio de proporcionalidad.
Dice el saber popular “Cuando las barbas del vecino veas cortar, por las tuyas a remojar” . Según SEAGA están a «levar a cabo a xestión completa nos sete concellos piloto, seleccionados pola Comisión de Seguimento da reunión do 28 de outubro de 2021 (As Nogais, Monterrei, Cualedro, Lobios, Carnota, Gondomar e A Gudiña)». No vamos a hacer las cuentas para cada AYUNTAMIENTO, pero a 10Millones de euros por Ayuntamiento y siendo 7 Ayuntamiento salen 70 Millones de eurso de ingresos. El importe neto de la cifra de negocios de SEAGA en 2022 fue de 25 Millones de euros, de lo que se intuye que podría cuatriplicar su facturación (de los beneficios no hablamos) con los ingresos potenciales que obtiene en la exclusividad de los Convenios de Colaboración con estos Ayuntamientos para gestionar la biomasa en las fajas secundarias.
Dejamos esta tabla con las cuentas
NUCLEOS E EDIFICACIÓN EN FAIXAS SECUNDARIAS | EUCALIPTO |
---|---|
Volumen (= Vol. medio por rodal x Actuación 50m) | 387.092 m3 |
Peso Minimo (Volumen x densidad minima/1000) | 286.448 TM |
Peso Máximo (Volumen x densidad maxima/1000) | 237.752 TM |
Promedio Peso | 262.100 TM |
Valor Mínimo (=Promedio Peso x 38€/TM) | 9.959.799,74 € |
Valor Máximo (=Promedio Peso x 39€/TM) | 10.221.899,73 € |
Valor estimado(=promedio valor) | 10.090.849,74 € |
Xestión biomasa parcelas titulares descoñecidos | 529.436,16 € |
TOTAL INGRESOS POTENCIAIS |
10.620.285,90 € |